Recibir una intimación de pago puede generar angustia, pero no significa que ya perdiste ni que hay una sentencia en tu contra. Es un paso previo, formal, que te da la oportunidad de pagar, discutir la deuda o prepararte antes de que el acreedor inicie una acción judicial.
Qué es una intimación de pago
Una intimación es una comunicación formal en la que el acreedor (o su representante) le exige al deudor que pague una deuda determinada en un plazo fijado, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales si no se cumple. No es, por sí sola, una demanda ni un embargo: es una etapa previa que busca cobrar sin llegar a juicio, o dejar constancia de la mora antes de iniciarlo.
Quién puede intimarte y de qué formas llega
Una intimación puede provenir de:
- El acreedor directo (banco, financiera, empresa, particular)
- Un estudio jurídico o gestor de cobranzas que actúa en su representación
- Una escribanía, mediante acta notarial de intimación
Y puede llegar por distintos canales: telegrama colacionado, carta documento, acta notarial entregada en el domicilio, correo electrónico o incluso WhatsApp. El canal no cambia la validez del reclamo, pero sí conviene guardar prueba de cuándo y cómo la recibiste.
Qué hacer apenas la recibís
- Leé todo el documento con calma y anotá la fecha exacta en que la recibiste.
- Verificá los datos: monto reclamado, concepto de la deuda, tu nombre y documento, y quién firma la intimación.
- Confirmá si la deuda es correcta y exigible: revisá si ya la pagaste, si prescribió, o si el monto no coincide con lo que realmente debés.
- Guardá el documento original y cualquier comunicación posterior.
- Consultá con un abogado si tenés dudas sobre la validez del reclamo o si el monto te parece incorrecto.
- Respondé dentro del plazo indicado, aunque sea para pedir una prórroga o proponer un plan de pago.
No ignores el documento aunque creas que la deuda no es tuya. Guardar silencio no la hace desaparecer: conviene responder por escrito planteando tu posición, aunque sea para dejar constancia de que la rechazás.
Cuánto tiempo tenés para responder
El plazo varía según quién intima y el tipo de documento: en la práctica suele ir de 3 a 10 días hábiles, aunque algunas intimaciones notariales o previas a un proceso judicial fijan otros plazos. Verificá siempre la fecha exacta indicada en el propio documento en lugar de guiarte por un número general: una intimación mal calculada puede hacerte perder la oportunidad de responder a tiempo.
Qué pasa si no contestás
Si el plazo vence sin respuesta ni pago, el acreedor queda habilitado para iniciar una acción judicial: un proceso ejecutivo (si tiene un título con fuerza ejecutiva, como un pagaré o un cheque) o un proceso monitorio ante el Código General del Proceso, en el que el juez puede intimar el pago y, si tampoco hay oposición, dictar sentencia sin más trámite. No contestar no evita el juicio: solo te quita la chance de negociar antes de que empiece.
Cuándo conviene discutir la deuda
Tiene sentido cuestionar o negociar la intimación cuando:
- Ya pagaste la deuda, total o parcialmente, y tenés comprobante
- El monto reclamado no coincide con lo pactado (intereses excesivos, cargos no acordados)
- La deuda podría estar prescripta según el tiempo transcurrido
- Hay un error en tus datos o en el origen de la deuda
- Necesitás tiempo y preferís proponer un plan de pago antes de que escale
Un plan de pago propuesto por vos vale más que uno impuesto por sentencia. Si reconocés la deuda pero no podés pagarla de una vez, proponer una forma de pago por escrito suele ser mejor recibido que dejar que el proceso avance a juicio.
¿Recibiste una intimación y no sabés si responder?
En JustIA podés consultar tu situación puntual: si el plazo sigue vigente, si la deuda podría estar prescripta y qué opciones tenés antes de que el acreedor inicie una demanda.