Todos los meses tu empleador te descuenta IRPF del sueldo. Pero una vez al año, en agosto, DGI recalcula ese impuesto con los datos reales de todo el año y, si retuvieron de más, te devuelve la diferencia. Así funciona la devolución de IRPF en Uruguay.

Qué es la liquidación anual de IRPF

El IRPF que te descuentan cada mes es una estimación: tu empleador calcula el impuesto como si fueras a ganar ese mismo sueldo los 12 meses del año. En la práctica, muchos trabajadores no tienen un ingreso perfectamente parejo todo el año (cambian de trabajo, quedan un tiempo sin empleo, tienen más de un empleador), así que esa estimación mensual casi nunca coincide exactamente con lo que corresponde pagar en el año real.

Por eso, la DGI (Dirección General Impositiva) hace una liquidación anual: recalcula el IRPF de cada trabajador dependiente con los datos definitivos del año civil anterior y compara ese monto contra lo que ya se retuvo mes a mes. Si retuvieron de más, la diferencia se devuelve. Si no hay diferencia significativa, no pasa nada.

No es un beneficio especial ni un trámite raro. Es simplemente el ajuste de una retención que durante el año fue una estimación. Le pasa a una parte considerable de los trabajadores uruguayos todos los años.

Cuándo se cobra la devolución

DGI procesa la liquidación anual en agosto, sobre los ingresos del año civil anterior (es decir, en agosto de 2026 se liquida lo trabajado durante 2025). Si te corresponde devolución, el monto se deposita automáticamente en la cuenta bancaria donde cobrás el sueldo, sin que tengas que reclamarlo ni ir a ninguna oficina.

Por qué te puede corresponder devolución

Hay tres motivos que explican la enorme mayoría de los casos:

1. Trabajaste menos de 12 meses en el año. Si entraste a trabajar a mitad de año, cambiaste de empleo o estuviste un tiempo sin trabajo, tu ingreso anual real es menor al que se usó mes a mes para calcular tu franja de IRPF. Al recalcular con el ingreso real, muchas veces bajás de franja o quedás directamente exento.

2. Tuviste más de un empleo durante el año. Cada empleador retiene por separado, sin conocer lo que te pagó el otro. DGI sí suma todo al liquidar, lo que puede cambiar el resultado.

3. Tenés deducciones que no le declaraste a tu empleador. Hijos a cargo, alquiler de tu vivienda habitual y cuotas de préstamo hipotecario de vivienda única generan créditos fiscales que bajan el IRPF. Si tu empleador no los aplicó mes a mes porque no se los declaraste formalmente, podés reclamarlos igual en la liquidación anual.

El caso más común: cambiaste de trabajo este año. Cada empleador calculó tu retención como si fueras a cobrar ese sueldo todo el año, cuando en los hechos trabajaste menos meses en cada uno. Es la causa número uno de devolución.

Cómo consultar si te corresponde

Entrá al portal de servicios en línea de DGI (con tu cédula y clave, o con tu usuario gub.uy) y buscá la sección de liquidación anual de IRPF. Ahí figura el resultado de tu caso apenas DGI lo procesa, generalmente en agosto.

Si querés adelantarte y tener una idea de si tu situación tiene indicios de devolución (y por qué), podés estimarlo con la calculadora de devolución de IRPF de JustIA: ingresás tu sueldo, meses trabajados en el año, hijos a cargo y alquiler o hipoteca, y te muestra una estimación con el motivo.

Qué trámite hay que hacer

Para la mayoría de los trabajadores dependientes con un solo empleo formal, ningún trámite: DGI cruza automáticamente la información que le mandan los empleadores (a través de BPS y DGI) y hace la liquidación de oficio. El dinero llega solo a tu cuenta.

Necesitás presentar declaración jurada (el formulario 3100) solo si:

  • Tuviste más de un empleo o ingresos de fuentes distintas durante el año.
  • Querés declarar deducciones que ningún empleador aplicó (alquiler, hipoteca de vivienda única, hijos a cargo no informados).
  • Tenés otros ingresos no dependientes (honorarios, alquileres que cobrás vos) que podrían generar un saldo a pagar en vez de a favor.

Para un solo empleo durante todo el año, es raro que te pidan pagar algo de más. La retención mensual normal ya suele cubrir lo que corresponde; los casos de saldo a pagar aparecen sobre todo con ingresos no dependientes que no tuvieron retención durante el año.

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